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domingo, 28 de noviembre de 2010

NUESTROS PARADOS NO SE FORMAN, ¿Porqué será...?

Estaba leyendo el artículo que me envía periodicamene el diario El Pais sobre empleo, y la verdad que me ha movido a comentarlo con vosotros. Su título era "NUESTROS PARADOS NO SE FORMAN" os mando el enlace para que los que esteis interesados lo podais leer http://empleo.elpais.com/noticia-mercado-trabajo/Empleo/Solo/desempleados/recibe/cursos/formacion/20101122claclaeml_1/Tes

La verdad es que no tiene desperdicio y comenta varios datos que creo que son bastante interesantes, no sabría y por donde empezar, voy a obviar las comparaciones con otros paises, (para que entrar en ese debate...).

Comenzamos, "Solo un 13% de los desempleados asegura participar en algún tipo de acción formativa", esta información es interesantisima y se le puede sacar mucho jugo, porque... que es lo realmente preocupante,que no se formen nuestros parados para que puedan tener más oportunidades?; o porque perjudica las estadísticas del gobierno aumentando las listas del paro?


"Hay que tener técnicos de empleo, no gestores de subvenciones", afirma la Secretaria de Estado de Empleo.
Pues bien, no sé a que se refiere exactamente, pero está claro que  es totalmente ineficiente el sistema para dar la formación adecuada a los desempleados.
No los recicla totalmente, ni les amplia eficientemente la formación que necesitan para la búsqueda de un nuevo empleo, motivo por el cual genera tal desconfianza el sistema, la gente está Desempleada, pero no está para perder el tiempo.

Después entra en la formación contínua y ahí tenemos más de lo mismo, se despilfarrán millones de euros sin conseguir los objetivos marcados.
Según este artículo " Los destinatarios de la formación para el empleo suelen tener edad media y un aceptable nivel educativo", información con la que estoy totalmente deacuerdo, pero que insisto es un dinero tirado a la basura, puesto que estos perfiles no se conforman con esta formación que les resulta insuficiente, sería preferible ofrecerles otra formación más específica.
Mientras que los colectivos a los que realmente esta dirigida esta formación (menores de 25 y mayores de 50) consideran que no la necesitan, y realmente no la hacen.
Si no lo usan las personas a quien va dirigido, y se "cutre" forma a quien no los usa, no se está desperdiciando el dinero?
Eso sin entrar en todo el dinero que mueve esta formación contínua porque si son subvencionables estos cursos porque nos los quieren meter por las orejas las empresas, pagando para que nos malformemos???



Espero vuestras opiniones sobre este tema...

martes, 9 de noviembre de 2010

Desempleo para autónmos

Después de tanto tiempo reivindicando  que el pequeño autónomo no tiene las mismas contraprestaciones que el trabajador por cuenta ajena, pues…por fin, se pone en marcha el ansiado “paro para autónomos”¡¡¡


Bien, tras la publicación de la ley 32/2010 del 5 de agosto se establece la regulación de la protección por cese de actividad de los autónomos, que a grandes rasgos voy a indicar a continuación:

Requisitos que hay que cumplir:

ü      Estar afiliado, en situación de alta y tener cubiertas las contingencias profesionales
ü      Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de al menos un año
ü      Encontrarse en situación legal de cese de actividad (a continuación se detalla)
ü      Estar al corriente en el pago de las cuotas
ü      No tener edad para la jubilación

Cuáles son las situaciones legales de cese:

ü      Por motivos económicos
v     Perdidas durante un año superiores al 30%
v     Una ejecución judicial
v     La declaración judicial de concurso
ü      Por fuerza mayor
ü      Por pérdida de licencia administrativa
ü      Por violencia de género
ü      Por divorcio o acuerdo de separación matrimonial

La solicitud se deberá presentar en la misma Mutua que tengan contratada su protección, y el plazo de presentación de la misma es de un mes desde el cese de actividad.

La duración de la prestación será en función de los periodos de cotización inmediatamente anteriores al cese y son los siguientes:


Meses cotizados            meses prestación
De 12 a 17                                2
De 18 a 23                                3
De 24 a 29                                4
De 30 a 35                                5
De 36 a 42                                6
De 43 a 47                                8
De 48 en adelante                     12

La cuantía de la prestación se calculará de manera similar al desempleo por cuenta ajena, es decir se pagará un 70% de la base reguladora, siendo el tope máximo un 175% del IPREM que este año está en 532,51, es decir 931,89 euros.

¿Qué os parece…?

Y para todos aquellos que quieran ampliar alguna información no dudéis en consultar cualquier cosa que se os ocurra.