Después de tanto tiempo reivindicando que el pequeño autónomo no tiene las mismas contraprestaciones que el trabajador por cuenta ajena, pues…por fin, se pone en marcha el ansiado “paro para autónomos”¡¡¡
Bien, tras la publicación de la ley 32/2010 del 5 de agosto se establece la regulación de la protección por cese de actividad de los autónomos, que a grandes rasgos voy a indicar a continuación:
Requisitos que hay que cumplir:
ü Estar afiliado, en situación de alta y tener cubiertas las contingencias profesionales
ü Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de al menos un año
ü Encontrarse en situación legal de cese de actividad (a continuación se detalla)
ü Estar al corriente en el pago de las cuotas
ü No tener edad para la jubilación
Cuáles son las situaciones legales de cese:
ü Por motivos económicos
v Perdidas durante un año superiores al 30%
v Una ejecución judicial
v La declaración judicial de concurso
ü Por fuerza mayor
ü Por pérdida de licencia administrativa
ü Por violencia de género
ü Por divorcio o acuerdo de separación matrimonial
La solicitud se deberá presentar en la misma Mutua que tengan contratada su protección, y el plazo de presentación de la misma es de un mes desde el cese de actividad.
La duración de la prestación será en función de los periodos de cotización inmediatamente anteriores al cese y son los siguientes:
Meses cotizados meses prestación
De 12 a 17 2
De 18 a 23 3
De 24 a 29 4
De 30 a 35 5
De 36 a 42 6
De 43 a 47 8
De 48 en adelante 12
La cuantía de la prestación se calculará de manera similar al desempleo por cuenta ajena, es decir se pagará un 70% de la base reguladora, siendo el tope máximo un 175% del IPREM que este año está en 532,51, es decir 931,89 euros.
¿Qué os parece…?
Y para todos aquellos que quieran ampliar alguna información no dudéis en consultar cualquier cosa que se os ocurra.
2 comentarios:
Enhorabuena por este comienzo!!
Me parece una información muy interesante y explicada con mucha claridad
Seguro que va a servir de mucha ayuda en estos tiempos que nos tocan
Me alegra q te hayas vuelto bloguera.. Me ha gustado tu blog y por supuesto ya lo he apuntado para seguirlo. Me vendrá bien para consultar Info..
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